Fraccion de Terreno de 5334 m2, con frente sobre Avenida Bodereau de 7omts X 75mts de fondo.
Rendimiento : 17 unidades de Vivienda
Zona : J2 Ordenanza 8256. Ocupacion del Suelo dentro del Ejido Municipal.
Art. 63°.- La presente Zona se regirá por las siguientes disposiciones:
1. Carácter Urbanístico
Zona de Urbanización Parque, destinada a la consolidación y extensión de la urbanización con uso residencial en vivienda individual, vivienda individual agrupada y vivienda colectiva.
Máximas restricciones al asentamiento de actividades industriales o asimilables.
Actividades de servicio orientadas a la población barrial:
2. Delimitación. Según plano de Zonificación.
3. Ocupación y Edificación
Serán de aplicación las disposiciones de la Ordenanza 6646 / 67 (Urbanización Parque) y Decreto Reglamentario N° 3-G-77.
En ningún caso se permitirá superar una altura máxima de edificación de 12,00 (doce) metros.
4. Número Máximo de Unidades de Vivienda por Parcela: Para vivienda individual y /o individual agrupada: 1 (una) y según disposiciones de Ordenanza N° 6646 / 77.
Para vivienda colectiva: según Tabla N° 1 (Art. 42°)
Dentro del Predio se levanta una casona de Estilo del año 1900, que tiene una superficie cubierta de 400 m2.
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